Hace unos días hacía un comentario y pequeñas aportaciones en las redes sociales sobre la importancia de contar con un profesional que os asesore sobre aspectos técnicos y mantenimiento de vuestros edificios.
En esta ocasión, y al hilo del mantenimiento entiendo que much@s de vosotr@s todavía no sabréis en que consiste la Inspección Técnica de Edificios (ITE), por eso quiero explicároslo brevemente para que seáis conscientes de la importancia que tiene.
¿Qué es la ITE?
Es la realización de un informe y dictamen correspondiente realizado por un técnico facultativo, entre los que nos encontramos l@s arquitect@s. Se realiza a partir de una inspección visual e indica el estado de conservación de los edificios con el fin de mantenerlos en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, garantizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, manteniendo en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o uso efectivo. Además, incluirá una toma de datos de la envolvente del edificio, e instalaciones al objeto de certificar la eficiencia energética del edificio, e informar sobre las condiciones básicas de accesibilidad universal, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para mejorar en lo que a la accesibilidad se refiere.
¿Con que objetivos se realiza?
Entre los objetivos por el cual se realiza la ITE podemos destacar el conocer el estado de conservación del edificio para evitar riesgos y daños físicos para las personas que lo ocupan y/o que están en su entorno, prevenir intervenciones o rehabilitaciones más costosas y prolongar la vida útil del edificio al iniciar un proceso de mantenimiento y conservación.
¿Quiénes deben realizarla?
Es obligación de los propietarios de toda edificación de uso predominantemente residencial con una antigüedad superior a los 50 años y de todos los que pretendan acogerse a ayudas públicas para la conservación de edificios, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética independientemente de la edad y uso del edificio.
Según la última actualización del decreto por el que se regulan las ITE (Decreto 117/2018, de 24 de julio) aquellos edificios de carácter residencial que estén vinculados a una explotación agropecuaria quedan exentos de realizarla.
Otras aclaraciones
La ITE tiene una vigencia de 10 años y el coste para la realización es variable, dependiendo principalmente de las características de cada inmueble. En los casos en los que la ITE conlleve una intervención dicho informe podría ser objeto de subvención.
Con la nueva actualización del decreto, aquellos edificios que obtienen una ITE favorable y aquellas que deban realizar algún tipo de intervención grado 1, 2 y 3, una vez subsanadas las patologías deberán disponer del libro de uso y mantenimiento del edificio.
Para cualquier aclaración o solicitud de presupuesto me podéis contactar sin compromiso.
¡Hasta pronto!
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